El derecho a la alimentación en Ecuador
Ecuador reconoce el derecho a la alimentación en su Constitución Política vigente desde el año 2008, como un derecho independiente aplicable a todas las personas. El artículo 13 establece que las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales. Así mismo, el artículo 12 establece que el agua es un derecho humano fundamental e irrenunciable y constituye un patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.
Ley marco de seguridad alimentaria | Ley Orgánica del Régimen de la Soberanía Alimentaria |
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Actos jurídicos o gubernamentales | |
Otros | Ley Orgánica del Régimen de la Soberanía Alimentaria, 2009
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